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Blog/Noticias

18/01/2017
Fecha: 15:30h del sábado 28 de enero de 2017.
Publicada en el BOE de la resolución (11 de enero de 2017) por la que se nombran la comisión calificadora de los ejercicios para Enfermeros especialistas, correspondientes a las pruebas selectivas 2016, y deja sin efecto la Resolución de 23 de diciembre de 2016.
Comisión Calificadora del ejercicio para Enfermeros:
  • Presidenta: Dª Pilar Carbajo Arias, Jefa de Área de la Subdirección General de Ordenación Profesional
  • Vicepresidenta:  Dª Cristina Cuevas Santos, Jefa del Servicio de Enfermería de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones

Formarán parte como vocales:

  • Dª Encarnación Betolaza López de Gámiz, Directora de la Escuela Universitaria de Enfermería de Vitoria-Gasteiz.
  • Dº Julio Fernández Garrido, Decano de la Facultad de Enfermería y Podología de la Universidad de Valencia.
  • Dª Encarnación Fernández del Palacio, directora de Enfermería del Hospital Clínico San Carlos de Madrid.
  • Dª Rosa Arnal Selfa, Directora de Enfermería de Atención Primaria del Área Asistencial Norte de Madrid.
  • Dª Miriam Martínez López, Residente de la Especialidad de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona), en la U.D.M. del Hospital Clinic de Barcelona.
  • Secretaria de dicha Comisión Dª Ana Gómez Lafuente, Jefa de Sección de la Dirección General de Ordenación Profesional.

BOE nº 15 

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21/12/2016

Se pone en marcha el portal www.Lex.gal, una base de datos jurídica que recoge los 403 textos legales consolidados vigentes en la Comunidad en su lengua propia, fruto de la colaboración entre el Parlamento, la Xunta y la Universidade de Santiago de Compostela (USC).

El acceso es gratuito, esta base de datos contiene toda la legislación dictada por la Comunidad Autónoma gallega, en gallego y consolidada. Con esta herramienta se abre a toda la ciudadanía a posibilidad de disponer, en red y con contenido permanentemente actualizado, de un acceso a la versión consolidada, actualizada y en gallego de todas las normas dictadas desde el año 1981 por nuestra Comunidad.

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09/12/2016

El COE renueva el convenio con la entidad financiera ABANCA.

Los colegiados podrán dirigirse a cualquier oficina de ABANCA en Galicia para solicitar información sobre el PROGRAMA CERO COMISIONES y otras ventajas en FINANCIACIÓN.

CONVENIO Y VENTAJAS FINANCIERAS 

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09/12/2016
Un año más el COE organiza la Fiesta de Navidad para hijos/as, nieto/as de colegiado/as con la finalidad de juntarnos y pasar una tarde divertida.Te esperamos, pasaremos una tarde feliz con juegos, baile, música, merienda…. y haremos fotos con Papa Noel.
Lugar de celebración:
  • Lugo: 16 de diciembre a partir de las 17h en “Discoteca Baroke”
  • Monforte de Lemos: 22 de diciembre a partir de las 17:30h en “Bule bule” (c/Cobas s/n)
  • Burela:  21 de diciembre a las 17h en ” Activity Center” (Avd do Perduro 35)
 FECHA LÍMITE DE INSCRIPCIÓN: 9 de diciembre
   CAMPAÑA SOLIDARIA: “Ningún niño sin regalo 2016”
“COMPARTIR ES VIVIR”
        Agradeceros el éxito de participación de la campaña 2015, que hizo posible la entrega de juguetes a más de 200 niños de familias lucenses con pocos recursos.
Este año repetimos iniciativa y os invitamos a compartir los regalos. Haz que tu hijo/a participe trayendo un regalo nuevo o seminuevo, que, en colaboración con Cruz Roja Lucense y Concello de Lugo, los haremos llegar a los niños y niñas de nuestra provincia.
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01/12/2016

El Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Victoria-Gasteiz ha acordado la suspensión cautelar de la Instrucción del Director General del Servicio Vasco de Salud, por la que se obligaba a los enfermeros vascos a vacunar a la población sin necesidad de exigir una prescripción médica previa, como marca el RD de prescripción enfermera.

Según se expresa en la resolución del Juzgado una Instrucción, no puede “vaciar” materialmente el régimen establecido en el Reglamento de 2015, tanto en lo relativo a las funciones de enfermería en relación con la campaña de vacunación, o en la recalificación de la vacuna sujeta a prescripción médica –sin perjuicio de las campañas y calendarios de vacunación obligatorias o voluntarias,- que pueda desplazar la función prescriptora médica por una decisión de la autoridad sanitaria.

Desde el Colegio de Enfermería de Lugo, venimos reiterando en numerosas ocasiones que el RD 954/2015 supone un perjuicio para el sistema sanitario, para los usuarios y para la profesión enfermera.

INSTAMOS A SEGUIR PROMOCIONANDO Y REALIZANDO LA CAMPAÑA DE VACUNACIÓN (antigripal, pediátrica, etc…) CON LA IMPRESCINDIBLE PRESCRIPCIÓN MÉDICA PREVIA E INDIVIDUALIZADA Y RATIFICAMOS NUESTRO RECHAZO AL RD 954/2015 DE PRESCRIPCIÓN ENFERMERA PUBLICADO.

Las Consellería de Sanidade de Galicia emitió una nota informativa sobre la aplicación del RD de prescripción en nuestra Comunidad, pretendiendo establecer una norma propia para su desarrollo. El Colegio reitera que las vacunas son medicamentos sujetos a prescripción médica y con esta sentencia se ratifica que la argumentación esgrimida por la Consellería, ES INSOSTENIBLE, basada en que “la administración de vacunas, efectuada en el marco de una campaña de vacunación o de un calendario vacunal derivado de una decisión de la autoridad sanitaria en materia de salud pública (…), no necesita diagnóstico previo (…) y, por lo tanto, autoriza al enfermero/a a la administración de las vacunas sin prescripción médica.

En el auto se refleja que la Instrucción de Osakidetza no puede, a día de hoy y en ningún caso, modificar lo recogido en el RD de Prescripción Enfermera, actualmente en vigor y en virtud del cual la Ley obliga a que exista una prescripción médica de las vacunas. Sin esta prescripción, la responsabilidad jurídica en caso de reacciones adversas u otros problemas de salud derivados de la administración de la vacuna recaerían en el profesional enfermero, además de poder incurrir en delito intrusismo profesional.

Esta sentencia ratifica el posicionamiento del Consejo General de Enfermería, del Consello Galego y del Colegio de Lugo que siempre argumentaron que las Comunidades Autónomas no tiene competencias al respecto y no pueden ordenar instrucciones en contra del RD, ya que, es competencia del Ministerio de Sanidad. La administración de una vacuna sin prescripción médica puede conllevar un riesgo punible al enfermero/a, recayendo la responsabilidad en el profesional que lo administró (aunque la Consellería pretenda exonerar de esa responsabilidad).

AUTO DEL JUZGADO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

 

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