El Ministerio de Sanidad ha elevado a audiencia e información pública el Anteproyecto de Ley de prevención del consumo de alcohol y de sus efectos en las personas menores de edad.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones pueden enviar sus opiniones, propuestas o sugerencias hasta el 6 de agosto, a través del correo: informacion_publica@sanidad.gob.es.
Datos de consumo
Según la Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias en España (ESTUDES), el alcohol es la sustancia psicoactiva de consumo más generalizado entre estudiantes de 14 a 18 años. En 2023, el 75,9% dice haberlo consumido alguna vez en su vida, el 73,6%, en el último año, y el 56,6%, en el último mes.
Esta encuesta refleja que la edad media de inicio del consumo es demasiado precoz, tanto para el consumo ocasional (14 años en hombres y mujeres), como para el semanal (15 años). Por otro lado, la percepción de los adolescentes sobre la facilidad para adquirir bebidas alcohólicas es muy alta y el porcentaje que consideran que les resultaría fácil o muy fácil conseguir bebidas alcohólicas alcanza el 93%, pese a que las normativas autonómicas prohíben la venta a menores de edad.
Medidas clave del anteproyecto de ley
Se establecen obligaciones para las administraciones públicas en materia de educación, sanidad, cultura, deporte, investigación, seguridad vial, ámbito laboral y familiar. A continuación, se resumen los aspectos más relevantes.
- Ámbito familiar: Implementación de programas para concienciar a las familias sobre los riesgos del alcohol y dotarlas de herramientas para prevenir su consumo en menores. Se prestará especial atención a familias en riesgo de exclusión social o con menores afectados por el consumo de alcohol.
- Ámbito educativo: Nuevos contenidos sobre prevención del consumo de alcohol en primaria, secundaria, formación profesional, bachillerato y planes de estudios universitarios y de formación del profesorado.
- Ámbito sociosanitario: Desarrollo de protocolos para detectar el consumo de alcohol en menores, incluir registros de consumo de alcohol en la historia clínica, considerar el contexto familiar de menores con problemas de adicciones y promover actividades de educación para la salud en centros sanitarios, educativos y de protección, además de facilitar el acceso al tratamiento a aquellos que presenten un consumo problemático o adicción.
- Ámbito urbanístico: Para valorar la adopción de limitaciones a la apertura o instalación de establecimientos, las administraciones públicas podrán tener en cuenta los siguientes aspectos: la densidad o concentración de puntos de venta minorista de bebidas; la existencia y proximidad a los puntos de comercialización minorista de bebidas alcohólicas de centros educativos, de centros de protección social de personas menores de edad o establecimientos en los que se desarrollen espectáculos o actividades recreativas públicos y a los que puedan acceder personas menores de edad.
- Actuación Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Podrán realizar pruebas de alcoholemia en lugares y circunstancias específicas donde el consumo de alcohol esté prohibido. Las pruebas se limitarán a métodos no invasivos como el etilómetro. Respecto a las sanciones, la multa impuesta a los menores de edad por la comisión de la infracción leve relacionada con el consumo de alcohol, podrá ser suspendida a cambio de la participación en programas preventivos de sensibilización y concienciación o rehabilitadores en función de cada caso.