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Publicación del nuevo Decreto de Prescripción Enfermera

22/10/2018

El Gobierno aprobó en Consejo de Ministros el pasado 19 de octubre el Real Decreto que regula la prescripción enfermera (Indicación uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros).

Recordemos que en el año 2015, el Gobierno del Partido Popular aprueba un texto con cambios sustanciales de última hora con respecto a lo pactado por las organizaciones colegiales de enfermeros y médicos y el aprobado por el Consejo Interterritorial y el Consejo de Estado. Está modificación, sin precedentes, provocó en caos del sistema sanitario, perjudicando gravemente a los pacientes, enfermeras, médicos y la organización del sistema sanitario. Muchas Comunidades Autónomas publicaron Órdenes posteriores para intentar solucionar los problemas derivados (que no existían anteriormente) ,entre ellas Galicia, aunque desgraciadamente al ser un RD a nivel Estatal las Comunidades Autónomas no tenían competencias.

Después de años de presión por parte de las/os enfermeras/os que se negaron a incumplir la Ley y no administrar medicación sin la prescripción del médico y el apoyo de Colegios Profesionales, Sindicatos, Asociaciones Científicas y de Pacientes, se evidenció lo absurdo de la modificación que pretendía colapsar el sistema sanitario y enfrentar a los profesiones de enfermeras y médicos.

¿Qué van a poder prescribir las enfermeras? Se introducen tres tipos de prescripción enfermera:

  1. Productos sanitarios y medicamentos sin receta médica: las enfermeras/os podemos prescribir de forma autónoma y libre, atendiendo a criterios de responsabilidad profesional.
  2. Medicamentos de prescripción médica que NO requieren de un diagnóstico médico por tratarse de actuaciones enfermeras: vacunas, insulinas, material de cura de heridas, oxitocina, calmantes, etc. Las enfermeras/os actuaremos conforme a protocolos previamente establecidos entre los profesionales y las autoridades.
  3. Prescripción de aquellos medicamentos sujetos siempre a un diagnóstico y prescripción médicos. Las enfermeras/os realizaremos los cuidados y el seguimiento posterior del paciente. Tras el diagnóstico y prescripción médicos, las enfermeras/os actuaremos conforme a protocolos previamente establecidos entre los profesionales y las autoridades.

¿Cómo van a poder hacerlo? Se modifican los requisitos y procedimiento para acreditar como prescriptor:

  • Las enfermeras/os que tengan más de un año de práctica profesional recibirán la acreditacion por parte de las Comunidades Autónomas. Sin necesidad de formación alguna.
  • Las enfermeras/os que no tengan aun un año de práctica profesional deberán realizar una formación totalmente gratuita impartida por la Administración Sanitaria correspondiente.

¿Cuándo entrará en vigor? Entra en vigor desde el momento de su publicación en el BOE que será de forma inmediata. Una vez publicado, los profesionales enfermeros van a poder volver a trabajar con plena seguridad jurídica en su asistencia diaria a los pacientes. Los cientos de actuaciones enfermeras que a día de hoy son inseguras, como las vacunas, la administración de calmantes, la cura de ulceras por presión y heridas complejas o la medicación de mujeres embarazadas en el parto, recuperarán la normalidad jurídica.

¿En qué consisten los protocolos para que las enfermeras prescriban? Para la prescripcion por parte de las enfermeras de medicamentos que requieran receta médica, el RD establece que van a crearse protocolos y guías de práctica clínica y asistencial. Estos documentos establecerán y delimitarán las bases de la actuación de todos los profesionales, en el ámbito de los medicamentos sujetos a prescripción médica. Estos protocolos y guías serán acordados, con la participación de las organizaciones enfermeras y médicas, en el seno de la Comisión Permanente de Farmacia.

¿Qué cambios ha habido con respecto al anterior Real Decreto? El texto del RD prevé la creación de una Comisión, que estará encargada de consensuar y validar los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial que sean necesarios para establecer la actuación enfermera respecto a medicamentos de prescripción médica. En esta comisión estarán representados el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, las comunidades autónomas, las mutualidades de funcionarios, el Ministerio de Defensa y los Consejos Generales de los Colegios Oficiales de Enfermeros y de Médicos.

¿Cuál es la situación de la campaña de vacunación de la gripe que ahora comienza? Una vez entre en vigor podrá desarrollarse con total normalidad, pues se establece que las vacunas son una actuación enfermera propia que no requieren de un diagnóstico médico previo. El Sergas publicó la ORDEN de 11 de mayo de 2018 por la que se regula la realización de las vacunaciones en el sistema sanitario público de Galicia y se actualiza el calendario de vacunación de personas adultas del Programa gallego de vacunación. Que al haberse publicado el nuevo Decreto no incurre en ilegalidad jurídica.

Posted in Blog/Noticias by Noticias Enfermería Lugo