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SERGAS: próxima publicación convocatoria para el acceso al grado de carrera profesional

14/10/2020

El COE informa sobre la próxima publicación de la convocatoria para solicitar el acceso al grado de carrera profesional del SERGAS.

En base a la resolución del 13 de agosto de 2019, donde se publican los criterios de evaluación que se aplicarán en el año 2020 para acceder a los grados de I a IV de carrera profesional. establece que la primera convocatoria para acceder a los grados I a IV, por el procedimiento ordinario de carrera profesional, se tramitará en el segundo semestre del año 2020.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

  • Se valorarán las actividades realizadas entre el 1 de enero de 2015 y el día inmediatamente anterior al de la publicación, en el DOG, de esa convocatoria correspondiente al año 2020.

IMPORTANTE: TIENEN QUE ESTAR REGISTRADOS CORRECTAMENTE EN EL Expediente-e (Fides) PARA SU VALIDACIÓN ANTES DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.

a) Formación continuada:

  • Recibida: realización de cursos que tengan un contenido relacionado con las funciones propias de la categoría/especialidad (4 créditos/40 horas). Sólo se valorarán los cursos de formación realizados con posterioridad a la obtención del título exigido para el acceso a la categoría/especialidad.
  • Impartida: para los/las profesionales que hayan impartido dichos cursos: 10 horas.
  • Los cursos realizados en materia de prevención de riesgos, igualdad entre mujeres y hombres, prevención y lucha contra la violencia de género, informática, gestión clínica, bioestadística y metodología de la investigación se valorarán en cualquier categoría/especialidad y con independencia de la fecha de obtención del título exigido para el acceso.

b) Realización de todos los cursos de doctorado (sistema anterior al Real decreto 185/1985) o del programa de doctorado hasta el nivel de suficiencia investigadora, según los reales decretos 185/1985 y 778/1998, o por la obtención del diploma de estudios avanzados (DEA)/título de doctor/máster universitario oficial, máster universitario-título propio, experto universitario, especialista universitario.

c) Publicación de trabajos científicos y de investigación:

  • Publicación de un artículo de los que tienen asignada la mayor puntuación de acuerdo con los últimos criterios publicados por la Dirección General de Recursos Humanos, en el Diario Oficial de Galicia, para los procesos de provisión de plazas de la correspondiente categoría/especialidad.
  • El resto de las publicaciones se valorará ponderadas de conformidad con dichos criterios, para alcanzar esa puntuación mínima suficiente.

d) Por impartir formación sanitaria especializada: dos años como jefe de estudios, tres años como tutor o cinco años como colaborador docente.

  • A estos efectos, el colaborador docente es el/la profesional de los diferentes dispositivos de una unidad docente por donde rotan los/las especialistas en formación que, sin ser tutor, colabora de forma activa en su formación, asumiendo la orientación, la supervisión y el control de las actividades que realicen durante las rotaciones.

e) Dos años de funciones de dirección, subdirección, jefatura, coordinación y supervisión en las instituciones sanitarias o en la Administración sanitaria.

f) Dos años en situación de excedencia por cuidado de hijos y familiares o en una situación en la que el/la profesional, estando exento de desempeñar las funciones inherentes a su nombramiento, desarrolle actividades o funciones de interés general o público o de carácter representativo: programas de cooperación internacional, miembro del gobierno u órganos de gobierno de las comunidades autónomas, miembro de las instituciones de la Unión Europea o de las organizaciones internacionales, cargos electivos de representación política, puestos o cargos directivos en organismos o entidades instrumentales del sector público, dispensas para la realización de funciones sindicales, participación en los órganos constitucionales u órganos estatutarios de las comunidades autónomas y, en general, cualquier otra situación similar a las anteriores.

g) Nombramiento, y participación en la totalidad del proceso, como miembro de algún tribunal cualificador de procesos selectivos.

i) Dos años de servicios prestados en municipios especialmente aislados o en condiciones de soledad, de acuerdo con los criterios que establece la normativa de ordenación de la atención primaria.

CRITERIOS EVALUACIÓN CONVOCATORIA 2020

ACUERDO SOBRE LAS BASES DE LA CARRERA PROFESIONAL

 

Un saludo

Posted in Blog/Noticias by Noticias Enfermería Lugo